Los agentes de retención deberán ingresar el importe total de las retenciones practicadas desde el día 1 al 15, ambos inclusive, de cada mes, hasta el día del mismo mes que, de acuerdo con la terminación de la CUIT, fije el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año calendario.
Las retenciones deben ser ingresadas en las formas, plazos y demás condiciones que para cada caso se detalla a continuación:
Retenciones anteriores al 01/12/2019: Según las condiciones establecidas por la RG 2233/07, mediante el Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
Retenciones desde el 01/12/2019: Mediante el servicio con clave fiscal Sistema Integral de Retenciones Electrónicas - SIRE, de acuerdo al siguiente cronograma:
Fecha de aplicación | Régimen |
Opcional para retenciones practicadas desde el 01/12/2019 | Retención a comerciantes adheridos a sistema de vales de almuerzo (RG DGI 4167/96) |
Retención sobre honorarios (RG 1105/01) |
Retención facturas M (RG 1575/03) |
Retención sobre compraventas de cheques de pago diferido (RG 1603/03) |
Retención sobre monotributistas (RG 2616/09) |
Retención sobre compraventa de cosas muebles y locaciones de obras o servicios (RG 2854/10) |
Retenciones a empresas de limpieza (RG 3164/11) |
Retenciones sobre operaciones con servicios electrónicos de pago (RG 4622/19) |
Obligatorio para retenciones y/o percepciones practicadas desde el 01/03/2021 | Todas las operaciones del IVA a excepción de las incluidas en la RG 4240/18 (Servicios digitales) |
Los ingresos podrán también efectuarse de manera individual -por cada retención y/o percepción- hasta las fechas de vencimiento que correspondan a la fecha en que se practicaron. Asimismo, los pagos realizados se considerarán ingresos a cuenta de los importes que se determinen por cada período mensual.
A tal fin, se utilizará el código 926: Por compra de hacienda porcina en pie.
Finalmente, el comprobante de retención serán las liquidaciones de compraventa de hacienda y carnes porcina. El importe que surja de dicho comprobante deberá ingresarse en el mismo mes en el que se emitió la liquidación pecuaria.
Se podrán consultar, los plazos, vencimientos y formas de presentación, ingresando aquí.